La firma electrónica de Clientify se puede considerar como firma electrónica simple conforme a la legislación guatemalteca.
a) Marco jurídico vigente
En Guatemala, la firma electrónica se encuentra regulada por la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas (Decreto No. 47-2008), la cual establece un marco legal para validar jurídicamente los mensajes de datos y las firmas electrónicas.
La normativa distingue dos niveles:
· Firma electrónica simple: Cualquier símbolo o proceso electrónico que permita identificar al firmante y vincularlo con el contenido de un mensaje de datos. No requiere estar respaldada por un certificado.
· Firma electrónica avanzada (FEA): Debe ser creada con medios que estén bajo el control exclusivo del firmante y que permitan verificar su identidad, además de contar con un certificado digital expedido por un Prestador de Servicios de Certificación autorizado por el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación del Ministerio de Economía.
Ambas son reconocidas legalmente, aunque la firma avanzada tiene mayor presunción de validez en entornos formales.
b) Requisitos para la validez de la firma electrónica simple
Para que una firma electrónica simple sea válida en Guatemala, debe cumplir los siguientes principios:
· Identificación del firmante: El método usado debe permitir asociar el contenido a una persona determinada.
· Consentimiento: El firmante debe haber aceptado expresamente realizar la firma mediante medios electrónicos.
· Integridad del documento: El contenido no debe ser alterado tras la firma.
· Autenticidad verificable: Aunque no se requiere certificación, el método debe ser fiable y demostrable.
En caso de disputa legal, la firma simple puede ser válida si la parte que la invoque presenta pruebas suficientes de su autenticidad, como registros técnicos o validaciones electrónicas.
c) Usos comunes
La firma electrónica simple es utilizada en Guatemala principalmente para:
· Contratos privados: Acuerdos comerciales, convenios de prestación de servicios, compraventa y arrendamientos.
· Documentos laborales: Firma de contratos, actas internas, avisos de empleo o ceses.
· Consentimientos digitales: Registro de usuarios, aceptación de políticas de privacidad, formularios en línea.
· Procesos internos empresariales: Aprobaciones electrónicas, correspondencia corporativa, minutas y reportes.
Sin embargo, la firma avanzada suele ser exigida para trámites notariales, inscripciones registrales, documentos judiciales o comunicaciones con la administración pública.
d) Enlaces de interés