La firma electrónica de Clientify se puede considerar como firma electrónica simple conforme a la legislación costarricense.
a) Marco jurídico vigente
En Costa Rica, la firma electrónica está regulada por la Ley N.º 8454 sobre Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, promulgada en 2005. Esta ley establece que la firma digital tiene el mismo valor legal que la firma manuscrita, siempre que se utilice un certificado digital emitido por una Autoridad Certificadora Registrada y se cumplan ciertos requisitos técnicos y de seguridad.
b) Requisitos para la validez jurídica
Para que una firma electrónica tenga validez legal en Costa Rica, debe cumplir con los siguientes requisitos:
· Certificado digital válido: Emitido por una Autoridad Certificadora Registrada y en estado activo.
· Dispositivo seguro: El certificado debe estar almacenado en un dispositivo seguro (token o tarjeta inteligente) que cumpla con el estándar FIPS 140 nivel 2.
· Autenticación del firmante: Se requiere una doble autenticación, combinando algo que el firmante sabe (como una contraseña) y algo que posee (como el dispositivo seguro).
· Validación en línea: Es necesario verificar el estado del certificado y la cadena de confianza de la autoridad certificadora al momento de la firma.
Estos requisitos buscan garantizar la autenticidad, integridad y no repudio de los documentos firmados electrónicamente, como son los firmados con la firma digital de Clientify.
c) Usos frecuentes de la firma electrónica
La firma electrónica se utiliza en Costa Rica en diversos ámbitos:
Trámites gubernamentales: Como la presentación de declaraciones tributarias, solicitudes ante instituciones públicas y otros servicios en línea.
· Contratos privados: En la firma de contratos laborales, arrendamientos y otros acuerdos entre particulares.
· Sector financiero: Para la apertura de cuentas, aprobación de créditos y otros trámites bancarios.
· Educación y salud: En la firma de documentos relacionados con instituciones educativas y de salud.
La pandemia de COVID-19 impulsó el uso de la firma electrónica en el país, facilitando la continuidad de operaciones y trámites de manera remota.
d) Enlaces de interés
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